La gestión de la nacionalidad española mediante la Ley de Memoria Democrática ha reunido más de 2,4 millones de peticiones a nivel mundial, según una tribuna de opinión publicada en Europa Sur. La aplicación de su instrucción administrativa suscita un debate jurídico en tribunas de opinión de La Región y Europa Sur y ha llegado al Tribunal Supremo por sus repercusiones en el voto exterior.
La entrada en vigor de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática, conocida popularmente como la Ley de Nietos, ha posibilitado que descendientes de españoles adquieran la nacionalidad española bajo el criterio del ius sanguinis. El proceso ha registrado más de 2,4 millones de solicitudes acumuladas hasta el término del plazo, según una tribuna de opinión publicada en Europa Sur.
Instrucciones administrativas y el Anexo I
Según una tribuna de opinión publicada en La Región, el Ministerio de Justicia publicó el 14 de febrero de 2023 una corrección de errores de la Instrucción de 25 de octubre de 2022 que, entre otros cambios, «modificó el Anexo I para incluir expresamente tanto a hijos e hijas o nietos y nietas de españoles de origen como a quienes, además, habían perdido o renunciado a la nacionalidad como consecuencia del exilio».
El autor de esa tribuna escribe: «Muchos solicitantes presentaron sus expedientes a través del Anexo I porque era la vía más sencilla. No necesitaban acreditar el exilio de sus abuelos». Añade que «la Administración mantuvo vigente la instrucción durante más de dos años, con una prórroga adicional del plazo de solicitud».
Repercusiones e intervención del Tribunal Supremo
La tribuna de La Región se pregunta qué ocurre «si elegir un anexo en lugar de otro, precisamente porque la Administración lo permitía, acaba teniendo consecuencias jurídicas diferentes para los solicitantes o sus descendientes». Su autor recuerda que «el Tribunal Supremo ha desarrollado el principio de confianza legítima» en sentencias del 22 de diciembre de 2010 (recurso 257/2009) y del 22 de febrero de 2016 (recurso 4048/2013), y que la segunda fija tres requisitos: «la existencia de signos externos inequívocos, que las expectativas generadas sean legítimas y que la actuación posterior de la Administración resulte contradictoria con sus actos anteriores, sorprendente e incoherente con su forma de actuar previa».
Por su parte, la tribuna de Europa Sur atribuye a la «laxitud» de las circulares del Ministerio de Justicia que el Tribunal Supremo haya intervenido de cara a las generales de finales de año. Según su autor, el alto tribunal «ha mantenido la suspensión cautelar del derecho al voto exterior para más de 160.000 de estos nuevos ciudadanos», a los que exige que justifiquen «documentalmente y caso por caso el exilio real de sus parientes».
Según esa tribuna, estos nuevos ciudadanos quedan censados en «municipios de arraigo de sus antepasados», y cita como ejemplo la localidad de Murta, donde más del 76 % del censo corresponde a residentes en el extranjero. Su autor plantea el caso de que «el Tribunal Constitucional levantara el bloqueo» y se permitiera votar a esos nuevos ciudadanos: si más tarde se demostrara «que existió un fraude masivo en la obtención de estas nacionalidades», escribe, «el daño al resultado electoral sería ya irreversible, dado que el voto en España es secreto». Admite que el Código Civil castiga la falsedad retirando después el pasaporte y que la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) tipifica como delito el voto ilegal, pero considera que, aun así, «para el sistema democrático el golpe ya estaría asestado». La tribuna de La Región sostiene, en cambio, que los afectados no ocultaron información ni presentaron expedientes fraudulentos, sino que «cumplieron exactamente con lo que se les pidió».
Claves
- Según la tribuna de Europa Sur, la Ley de Memoria Democrática ha reunido más de 2,4 millones de solicitudes a nivel global hasta el cierre del plazo.
- Según la tribuna de La Región, el Ministerio de Justicia publicó el 14 de febrero de 2023 una corrección de errores de la Instrucción de 25 de octubre de 2022.
- Según la tribuna de Europa Sur, el Tribunal Supremo mantiene suspendido de forma cautelar el voto exterior de más de 160 000 nuevos ciudadanos.
- Según la tribuna de Europa Sur, en Murta más del 76 % del censo corresponde a residentes en el exterior.
Preguntas frecuentes
¿Qué rectificación se introdujo en los formularios en febrero de 2023?
Según una tribuna de opinión publicada en La Región, una corrección de errores de la Instrucción de 25 de octubre de 2022, publicada el 14 de febrero de 2023, «modificó el Anexo I para incluir expresamente tanto a hijos e hijas o nietos y nietas de españoles de origen como a quienes, además, habían perdido o renunciado a la nacionalidad como consecuencia del exilio».
¿Qué medida ha tomado el Tribunal Supremo respecto al voto exterior?
Según la tribuna de Europa Sur, el Tribunal Supremo mantiene suspendido de forma cautelar el voto exterior de más de 160 000 nuevos ciudadanos, que deben acreditar con documentos, uno a uno, el exilio de sus parientes.



