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Por qué el 2 de noviembre ha sido festivo solo en 9 comunidades

El 2 de noviembre de 2026 fue festivo solo en 9 comunidades. Cómo se reparten las fiestas laborales, con un tope de 14, y qué pasa si caen en domingo.

Por Redacción IA

Publicado el 

Composición gráfica de la sección Sociedad de Información de Interés

El lunes 2 de noviembre de 2026 fue festivo en 9 comunidades autónomas y no en el resto, según ABC y el calendario publicado en el BOE. Todos los Santos cayó en domingo, y el Estatuto de los Trabajadores deja a cada comunidad pasar ese descanso al lunes o cambiarlo por una fiesta propia.

El Día de Todos los Santos, fiesta nacional del 1 de noviembre, cayó en domingo en 2026, y la ley permite a cada comunidad autónoma elegir qué hace con ese descanso: pasarlo al lunes o cambiarlo por una fiesta que tenga por tradición.

Catorce fiestas como máximo, dos de ellas locales

El marco lo pone el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores. Las fiestas laborales se pagan, no hay que recuperarlas y no pueden pasar de catorce en un año, y dos de ellas corresponden a cada localidad. Hay fiestas que el Estatuto obliga a respetar siempre como de ámbito nacional: Año Nuevo, el 1 de mayo, el 12 de octubre y el día de Navidad.

La relación completa de fiestas nacionales está en el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, sobre jornada y descansos. La norma se derogó en 1995, pero sus artículos 45, 46 y 47, los que tratan de las fiestas laborales, siguen en vigor. El artículo 45 ordena esas fiestas según su origen:

  • Las cívicas: el 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, y el 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • Las que proceden del Estatuto: el 1 de enero, Año Nuevo; el 1 de mayo, Fiesta del Trabajo, y el 25 de diciembre, Natividad del Señor.
  • Las que derivan del acuerdo de 1979 con la Santa Sede: el 15 de agosto, Asunción de la Virgen; el 1 de noviembre, Todos los Santos; el 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, y Viernes Santo.
  • Un último grupo con ese mismo origen: Jueves Santo; el 6 de enero, Epifanía del Señor, y San José, el 19 de marzo, o Santiago Apóstol, el 25 de julio.

Los grupos no pesan igual. Según la resolución de la Dirección General de Trabajo que publicó el calendario de 2026, las comunidades no pueden sustituir ninguna de las fiestas de los primeros grupos, mientras que las del último sí pueden cambiarlas por otras propias.

Qué ocurre cuando una fiesta nacional cae en domingo

La regla general es que el descanso de una fiesta que coincide con domingo pasa al lunes inmediatamente siguiente. Es la regla del Estatuto y también la del artículo 45 del Real Decreto 2001/1983. Pero ese lunes no es fijo: el Estatuto deja que las comunidades, sin salir del tope de catorce días al año, coloquen en su lugar fiestas propias de su tradición, y cita expresamente como sustituibles las que se trasladan a lunes.

Es lo que ha pasado con Todos los Santos en 2026. Una parte de las comunidades ha seguido la regla general y ha dado libre el lunes; otras, según ABC, han optado por mantener otras festividades en su calendario laboral. El Estatuto prevé además una salida para los años en que pocas fiestas nacionales caen en domingo: si una comunidad no puede fijar una de sus fiestas tradicionales porque no coinciden con domingo bastantes fiestas nacionales, puede sumar ese año un día más al máximo de catorce, aunque ese día sí es recuperable.

El 2 de noviembre de 2026, comunidad por comunidad

Según ABC, el lunes 2 de noviembre fue festivo en 9 comunidades: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla-⁠La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Navarra y la Comunidad de Madrid. En Cantabria, Cataluña, la Comunidad Valenciana, Galicia, Baleares, La Rioja, Murcia y el País Vasco, igual que en Ceuta y Melilla, la fiesta se quedó en el domingo 1 de noviembre, sin traslado al lunes.

Esa relación coincide con las columnas marcadas en el anexo de la resolución del BOE, donde el 2 de noviembre aparece como «Día siguiente a Todos los Santos». El anexo identifica esa fecha, con su propio código, como una fiesta nacional sobre la que esas comunidades no han ejercido la facultad de sustitución.

Cómo se hace el calendario de cada año

El Real Decreto 2001/1983 obliga a las comunidades a enviar al Ministerio de Trabajo, antes del 30 de septiembre, su relación de fiestas tradicionales y su elección entre San José y Santiago, para darlas a conocer en el BOE. Las que han fijado esa relación con carácter permanente no tienen que mandarla otra vez cada año.

Para 2026, la Dirección General de Trabajo firmó la resolución el 17 de octubre de 2025, con las relaciones remitidas por las diecisiete comunidades y por Ceuta y Melilla. En Canarias, según el decreto autonómico que recoge el anexo, las islas tienen además fiestas suyas, como el 2 de febrero en Tenerife, fiesta de la Virgen de la Candelaria. En Cataluña, según la orden autonómica que también cita, el territorio de Arán celebra el 17 de junio la Fiesta de Arán en lugar del 26 de diciembre.

Las fiestas de cada municipio

El artículo 46 de ese real decreto permite a cada municipio hasta dos días al año de fiesta por tradición, también pagados y sin recuperar. Los fija la autoridad laboral cuando los propone el pleno municipal, y se publican en el boletín de la comunidad y, cuando corresponde, en el provincial.

Por eso un mismo día puede ser festivo en una ciudad y no en el resto de su comunidad. ABC pone el ejemplo del lunes 9 de noviembre de 2026, Día de Nuestra Señora de la Almudena: es fiesta en la ciudad de Madrid, pero no en toda la Comunidad.

Claves

  • El Estatuto de los Trabajadores limita las fiestas laborales a catorce al año, retribuidas y no recuperables, y reserva dos de ellas a cada localidad.
  • Cuando una fiesta nacional cae en domingo, la regla general es pasar el descanso al lunes siguiente, pero cada comunidad puede cambiar ese lunes por una fiesta tradicional suya.
  • En 2026, el traslado de Todos los Santos al lunes 2 de noviembre se aplicó en 9 comunidades, según ABC y el anexo de la resolución del BOE.
  • Las comunidades mandan su relación de fiestas al Ministerio de Trabajo antes del 30 de septiembre, y la Dirección General de Trabajo la publica después en el BOE.
  • Las fiestas de cada municipio salen a propuesta de su pleno y se consultan en el boletín oficial autonómico o provincial, no en el calendario estatal.

Qué pasará ahora

El anexo de la resolución publicada en el BOE recoge el siguiente traslado del calendario de 2026: el lunes 7 de diciembre, «Lunes siguiente al Día de la Constitución Española», que figura como festivo solo en una parte de las comunidades. El 8 de diciembre, Inmaculada Concepción, aparece como fiesta en todas ellas y en Ceuta y Melilla.

Preguntas frecuentes

¿Qué cobra quien trabaja un día festivo?

Si, de forma excepcional y por motivos técnicos o de organización, la empresa no puede dar ese día de fiesta, el artículo 47 del Real Decreto 2001/1983 la obliga a abonar, además del salario de la semana, las horas trabajadas ese día «incrementadas en un 75 por 100, como mínimo, salvo descanso compensatorio».

¿Quién decide si se celebra San José o Santiago Apóstol?

Cada comunidad autónoma. Según el Real Decreto 2001/1983, la elección entre el 19 de marzo y el 25 de julio le corresponde a ella, y si no la comunica a tiempo al Ministerio de Trabajo se celebra la primera, San José.

¿Dónde se consultan las fiestas locales de un municipio?

En el boletín oficial de su comunidad autónoma y, cuando corresponde, en el de la provincia: es donde las manda publicar el Real Decreto 2001/1983, en su artículo 46. La resolución anual del BOE solo recoge las fiestas nacionales, las de cada comunidad y las de Ceuta y Melilla.

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