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Zonas de bajas emisiones: el Gobierno exige multar sin moratorias

El Gobierno obliga a multar sin moratorias en las zonas de bajas emisiones: qué ciudades deben tenerlas, qué etiquetas hay y cuánto es la multa.

Por Redacción IA

Publicado el 

Composición gráfica de la sección Motor de Información de Interés

El Consejo de Ministros aprobó el 3 de noviembre de 2026 una reforma del Real Decreto 1052/2022, la norma que regula las llamadas zonas de bajas emisiones, o ZBE. Según el Ministerio para la Transición Ecológica, estas zonas «deberán aplicar un régimen sancionador efectivo y sin periodos transitorios».

Una zona de bajas emisiones es un área de la ciudad en la que el ayuntamiento prohíbe o limita la entrada, la circulación y el aparcamiento de los vehículos según lo que contaminan. Con la reforma que ha aprobado el Consejo de Ministros, el Gobierno quiere que esas zonas funcionen de verdad y no se queden en una línea en el mapa, según el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco).

Qué municipios tienen que tenerla

La obligación sale de la Ley 7/2021, de cambio climático y transición energética. La desarrolló el Real Decreto 1052/2022, aprobado en diciembre de 2022, que fija los requisitos mínimos de estas zonas. Según el ministerio, tienen que implantarlas los territorios insulares, todos los municipios que pasan de 50.000 habitantes y las localidades con más de 20.000 que superan los valores límite fijados para la calidad del aire.

El plazo legal inicial vencía en enero de 2023, recuerda Motorpasión. Según ese medio, los municipios de más de 50.000 habitantes son 151, y desde entonces solo 68 han implantado la zona. Muchos de ellos, según la misma revista, lo hicieron sin multas y casi sin restricciones.

Qué cambia con la reforma

Según el ministerio, el cambio responde a los fallos que dejaron los primeros años. Hubo moratorias de sanciones demasiado largas, zonas que no limitaban el paso en función de lo que contamina cada vehículo y perímetros insuficientes que coincidían con espacios donde el tráfico ya estaba restringido.

Con la nueva regulación, los ayuntamientos obligados «deberán acreditar documentalmente el cumplimiento efectivo de los requisitos establecidos», de acuerdo con la nota. Eso supone comunicar cuándo entran en vigor sus prohibiciones y limitaciones de acceso, de circulación y de aparcamiento, y probar que el control de accesos y los sistemas de monitorización y seguimiento ya funcionan.

La modificación obliga, además, a que las ordenanzas municipales incluyan el régimen sancionador de la normativa estatal de tráfico y lo apliquen sin fórmulas transitorias que lo retrasen, según el Miteco. Faro de Vigo cifra en 200 euros la multa para los conductores que entran en una ZBE sin permiso.

Para el ministerio, la reforma busca dar a los ayuntamientos más seguridad jurídica cuando ejercen sus competencias en tráfico y movilidad. La acreditación, según la nota, «permitirá, además, comprobar la eficacia de las zonas de bajas emisiones» y «podrá servir de referencia» para los instrumentos de financiación del transporte urbano.

Qué coches pueden entrar

Qué vehículos pasan lo fija cada municipio con su normativa, según el RACE. El club relaciona el acceso a las ZBE con los distintivos ambientales de la Dirección General de Tráfico (DGT), y en 2026 ese sistema no cambia: mantiene sus cuatro etiquetas. Según el glosario de km77, las cuatro categorías son estas:

  • Cero emisiones (azul): eléctricos de batería, eléctricos de autonomía extendida, híbridos enchufables con 40 km o más de autonomía y coches que funcionan con pila de combustible.
  • ECO (azul y verde): enchufables con menos de 40 km de autonomía, híbridos no enchufables y vehículos de gas natural o de gas licuado del petróleo (GLP), siempre que reúnan también los criterios de la C.
  • C (verde): en turismos y furgonetas ligeras, los de gasolina con primera matriculación desde enero de 2006 y los diésel desde septiembre de 2015.
  • B (amarilla): en esos mismos vehículos, los diésel matriculados desde 2006 y los de gasolina con primera matrícula a partir del 1 de enero de 2001.

Además de la fecha, según km77, el coche tiene que figurar en el Registro de Vehículos con una norma Euro concreta: para la B, Euro 3 si es de gasolina y Euro 4 o 5 si es diésel; para la C, Euro 4 en gasolina y Euro 6 en diésel. Por debajo queda la llamada etiqueta A, que en la práctica es no tener pegatina, según el RACE.

Cada ciudad aplica su calendario

Vigo sirve de ejemplo de cómo se escalonan las restricciones. Según Faro de Vigo, sus cuatro ZBE (centro, Praza de Portugal, Calvario y Bouzas) quedaron operativas el 10 de septiembre de 2026 y, hasta el día 9 de septiembre de 2028, solo afectan a los vehículos sin distintivo. Entre 2028 y 2030 se sumarían los de etiqueta B y, desde 2030, los de etiqueta C, con lo que solo los ECO y los cero emisiones quedarían libres.

El calendario vigués daba un año de moratoria en cada fase, en el que solo habría avisos informativos y ninguna sanción económica. Con la reforma del Gobierno, esa medida «queda en el aire», según el diario. La ordenanza de Vigo prevé además excepciones para residentes, vehículos con tarjeta de movilidad reducida, transporte público, taxis y VTC, entre otros. El Concello, por el momento, había evitado valorar el acuerdo del Gobierno, según Faro de Vigo.

Motorpasión recoge otros casos de zonas a medio aplicar. Ciudad Real planteó una ZBE «a su manera», sin restricciones para ningún vehículo; en Madrid, la ordenanza deja seguir circulando a los vehículos sin distintivo que estén empadronados en la ciudad, y el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León tumbó la de Valladolid cuando no llevaba ni un año en vigor.

Claves

  • El Consejo de Ministros aprobó en noviembre de 2026 cambios en el Real Decreto 1052/2022, la norma que fija cómo tienen que ser las zonas de bajas emisiones.
  • Deben tener ZBE los territorios insulares, los municipios por encima de 50.000 habitantes y los de más de 20.000 que rebasen los límites de calidad del aire.
  • La reforma obliga a que las ordenanzas apliquen el régimen sancionador estatal de tráfico sin periodos transitorios; Faro de Vigo sitúa la multa en 200 euros.
  • Qué vehículos entran lo decide cada municipio, según el RACE, y las cuatro etiquetas de la DGT, de la Cero a la B, no cambian en 2026.

Qué pasará ahora

Según Motorpasión, una vez que la norma se publique en el Boletín Oficial del Estado, «los consistorios deberán empezar a aplicarlo». Faro de Vigo recoge que los ayuntamientos quedan «obligados a adaptar las ordenanzas reguladoras de las ZBE a las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros».

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio llevar la pegatina de la DGT en el coche?

Según el RACE, la DGT considera voluntario colocar el distintivo ambiental. Si un ayuntamiento obliga a llevarlo para circular por su ZBE, hay que pegarlo en la esquina inferior derecha del parabrisas delantero, o en un lugar visible en las motos, para evitar una sanción administrativa.

¿Van a cambiar las etiquetas ambientales?

No en 2026, según el RACE. Aprobada en octubre de 2025, la Ley de Movilidad Sostenible abría la puerta a sumar como criterio el dióxido de carbono que emite cada coche, pero una enmienda retiró esa obligación. Las etiquetas siguen siendo Cero, ECO, C y B.

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